Profeco niega lista de alimentos y comida que puedes meter al cine

Ante memes y una supuesta lista de alimentos que circula en redes sociales, la Profeco emitió un desmentido sobre llevar comida propia al cine.

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No te dejes engañar: la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) desmiente la supuesta lista que circula en redes sociales, sobre el tipo de comida que puedes llevar o meter al cine.

La Profeco rechazó la validez y legalidad de la supuesta lista de comida que puedes llevar o meter a las salas de cine en México. La institución aclaró que no ha emitido ninguna declaración ni publicación oficial relacionada con este tema.

Ante la creciente especulación, Profeco subrayó que no existe ningún documento oficial que autorice o limite el ingreso de alimentos específicos a los cines. La confusión surgió a raíz de publicaciones no verificadas, lo que generó dudas entre los consumidores.

Respecto a las restricciones sobre el consumo de alimentos en estos establecimientos, la Ley Federal de Protección al Consumidor establece en su artículo 58 que

“el proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad”.

Asimismo, la normativa estipula que los proveedores no pueden discriminar ni condicionar el consumo ni aplicar prácticas de exclusión injustificadas, excepto cuando existan motivos de seguridad o tranquilidad en el establecimiento.

Esto garantiza que las personas consumidoras puedan decidir si adquieren alimentos en el cine o no.

Entonces ¿puedo llevar mi propia comida al cine?

Sin embargo, Profeco también puntualizó que, al comprar un boleto, los clientes aceptan los términos y condiciones del contrato de adhesión del establecimiento, tal como lo establece el artículo 42 de la misma ley:

“el proveedor está obligado a entregar el bien o suministrar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad o información desplegados”.

El titular de Profeco, Iván Escalante Ruíz, aclaró que si un cine prohíbe el ingreso de alimentos externos en su contrato de adhesión, los consumidores deben acatar esta regla.

“Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato; si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación”,

enfatizó.

Sin embargo, la Profeco también precisó que los empleados de los cines no pueden obligar a los clientes a mostrar el contenido de sus mochilas, ya que sería una violación a su libertad personal, como lo establece el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Ante la desinformación, Profeco reiteró que en ningún momento ha autorizado ni publicado una lista de alimentos permitidos en cines, invitando a los consumidores a informarse solo a través de sus canales oficiales para evitar confusiones.

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